El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha elaborado un proyecto de real decreto sobre los procedimientos de regulación de empleo, que desarrolla la reforma laboral aprobada en septiembre. Una de las cuestiones más llamativas de este borrador es que en los despidos colectivos objetivos por causas económicas, con una indemnización de tan sólo 20 días por año trabajado, el empresario «deberá acreditar que las pérdidas previstas no tengan un carácter meramente coyuntural».
Esta novedosa condición, que endurece las causas de los despidos objetivos, se interpreta como «un guiño» a los sindicatos para que acepten la reforma de las pensiones planteada por el Gobierno, sobre todo, lo concerniente al retraso de la edad legal de jubilación de los 65 a los 67 años, cuestión que no admiten de ninguna manera CC.OO. y UGT.
Curiosamente, esa condición era que la figuraba en el borrador sobre la reforma laboral que el Gobierno envió a la patronal y a los sindicatos el 11 de junio y que después desapareció en la redacción final del real decreto de 17 de junio y de la ley de 18 de septiembre.







