El Tribunal Supremo ha rechazado tramitar el recurso de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) contra el Real Decreto del Gobierno que declaró el estado de alarma y "la militarización" de los servicios civiles de tránsito aéreo ya que entiende que no es competente para revisar ese tipo de actuaciones. La Sala de lo Contencioso-Administrativo argumenta en un auto, fechado hoy, que la declaración del estado de alarma el pasado 4 de diciembre fue dictada por el Gobierno en ejercicio de las facultades que le atribuye la Constitución y no en calidad de órgano administrativo que dirige la Administración General del Estado. Además, señala que la decisión del Ejecutivo fue asumida "en su integridad" por el Congreso de los Diputados el pasado 16 de diciembre, cuando autorizó la prórroga del estado de alarma "en los mismos términos en que inicialmente fue declarado".
La declaración del estado de alarma era una de las facultades del Gobierno
Los decretos fueron la reacción del Ejecutivo a la actuación de los controladores
Los controladores, que aseguran que su reacción fue "espontánea", querían mostrar así su malestar con el Real Decreto que aprobó el Consejo de Ministros ese mismo 3 de diciembre, que establecía los criterios para computar el máximo de 1.670 horas anuales que deben trabajar estos profesionales. Ante la situación de caos que generaron los controladores, el Gobierno dio un ultimátum y firmó un decreto por el que el Ministerio de Defensa asumió el control del espacio aéreo español, mientras que la Fiscalía de Madrid abrió diligencias penales por un posible delito de sedición, que está penado con hasta 8 años de cárcel.







