Las seis medidas fiscales que exige el campo andaluz al Gobierno
Desde Asaja quieren que se garantice una tributación más estable, y plantean varios cambios estructurales
La grave crisis que vive el campo, protagonizada por una sequía histórica y unos factores geopolíticos que mantienen los costes productivos muy altos, no tiene una solución mágica. Sin embargo, sí se puede aliviar con medidas que alivien la carga fiscal, y faciliten la continuidad de la actividad, de agricultores y ganaderos.
Esa es la máxima de Asaja Sevilla, que se ha reunido con el Ministerio de Agricultura para plantearle una serie de soluciones que, a su juicio, beneficiarían al sector agrario tanto a corto como a medio y a largo plazo.
En concreto, los representantes de la organización agraria han planteado seis posibles medidas que, ahora, tendrán que estudiar tanto el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación como el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En primer lugar, y como una de las peticiones más importantes, desde Asaja han puesto sobre la mesa la necesidad de que la tributación de agricultores y ganaderos sea más constante, intentando evitar los fuertes picos que, inevitablemente, se dan en un sector ligado a los precios.
«Actualmente, no hay medidas que puedan corregir la variabilidad de los ingresos agrarios, los precios varían pero los costes son los mismos, lo que repercute en la rentabilidad de las explotaciones», reconoce Eduardo Martín, secretario general de Asaja Sevilla.
Medidas estructurales
Para intentar, al menos, amortiguar esa variabilidad, han planteado una batería con tres tipos de medidas, basadas en el derecho comparado, es decir, cómo abordan estas cuestiones en otros países de tradición agraria.
La primera, es que, a la hora de tener en cuenta los ingresos para ‘sacar’ a los agricultores del sistema de estimación objetiva agraria, o módulos, y pasarlos al régimen de estimación directa, se contemple un límite de tres años, y no de uno. Es decir, si el primer año se «pasa» el tope de ingresos, no se cambiaría de sistema de tributación, sino que se haría si en el segundo ejercicio vuelve a suceder lo mismo.

En relación a esta va la otra medida planteada de manera estructural: como los ingresos agrarios varían mucho, también da la opción de que se establezca un promedio de los ingresos de tres años, por ejemplo, como se hace en Francia.
La tercera medida va en relación a la compensación de pérdidas, que en España está establecida para ejercicios posteriores, pero hay otros países que la tienen también para ejercicios anteriores. Esto aliviaría, a través de la devolución de impuestos, situaciones que se han dado, y van a seguir dándose, como el ingreso que viene dado por la venta de ganado por no tener pasto, por ejemplo. Ese año genera un ingreso, sí, pero el año siguiente las pérdidas serán todavía mayores, lo que desde Asaja tratan de evitar.
Eco regímenes exentos en el impuesto de sociedades
Por otra parte, desde la patronal agraria han solicitado que los eco regímenes de la nueva PAC, que ya están exentos de la tributación en el IRPF, tanto en régimen de módulos como en estimación directa, estén exentos también en el impuesto de sociedades, una forma, aseguran, de aliviar el «coste» que, en muchos casos, supondrá la aplicación de los eco regímenes.

Gastos de difícil justificación
De otro lado, en el régimen de estimación directa, solicitan que se modifique el porcentaje de gastos deducibles en concepto de difícil justificación, establecido ahora en el 7% pero con un límite de 2.000 euros. «No tiene sentido que se aumente de un 5 a un 7% si mantienes el límite», insiste Martín, que ha solicitado al Ministerio de Agricultura, o bien que ese ‘tope’ se actualice, pues lleva sin tocarse años, o se elimine, aunque sea de forma temporal para los próximos ejercicios fiscales.
Devolución extraordinaria del IVA
Además, han vuelto a exigir que se estudie la devolución extraordinaria del IVA para los que tributan en el Régimen General del IVA. Es decir de la estimación directa. Y es que cabe recordar que, desde el 1 de enero, se aplicó la reducción del tipo del IVA en ciertos productos, lo que conlleva que sea el agricultor el que, finalmente, soporta la carga financiera, pues está emitiendo las facturas con un tipo 0 y el IVA no se le devuelve, en condiciones normales, hasta que termina el ejercicio, es decir, ya en 2024.
«Este año, precisamente, no estamos para soportar más carga financiera, por lo que pedimos que se haga una devolución extraordinaria, por ejemplo, en el mes de julio», detalla el secretario general de Asaja Sevilla.
Esto afecta, sobre todo, a los pequeños y medianos agricultores y ganaderos, que no tienen capacidad administrativa ni contable para inscribirse en el Registro de Devolución Mensual, que conlleva una fuerte carga administrativa.

También respecto al IVA han pedido que se aclare, por fin, una consulta vinculante que Asaja hizo en el mes de enero, sobre cómo afecta la reducción de los tipos impositivos a las cooperativas, sobre todo a las que se dedican a la aceituna de mesa o el aceite de oliva, por ejemplo. Y es que es frecuente que se liquide la aceituna a los socios, por ejemplo, al final de la campaña, no en el momento de la entrega, por lo que queda la duda de qué tipo de IVA se aplica en ese caso, en el de los pagos parciales o cuando se alarga la liquidación.
Compensación agrícola
Asaja Sevilla ha llevado al Ministerio, además, las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en las que el órgano judicial ha fallado a favor de la tesis que defiende la organización agraria, en la que asegura que la compensación agrícola o ganadera debe ir fuera del límite de los 250.000 euros marcados para poder tributar por módulos. «Esta compensación a tanto alzado no es un ingreso, y no puede computar como tal», insisten.

Desajuste en el sistema de cotización de autónomos
Por último, los agricultores andaluces han solicitado que se corrija un un desajuste detectado en el encuadramiento del régimen de estimación objetiva (módulos), dentro del nuevo sistema de cotización de autónomos. En concreto, han comprobado que, en el caso de los rendimientos de actividades económicas en módulos, se tiene en cuenta el rendimiento neto minorado, algo que desde Asaja «no entienden», pues solo permite la reducción de la amortización y no el resto de índices correctores, que van desde el personal asalariado a la utilización de medios de producción ajenos o la energía eléctrica en el regadío.
«Queremos que se corrija el agravio entre las explotaciones agrarias que están en régimen de estimación directa, a las que sí se lo permiten, y las de módulos», insiste desde Asaja Sevilla.