Estas son las plantas melíferas admitidas para barbecho en la PAC 2020
Además, del listado de especies ricas en polen y néctar admitidas a nivel nacional, establece las condiciones mínimas que deben cumplir
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado en su web un listado de especies ricas en polen y néctar admitidas a nivel nacional, así como las condiciones mínimas que deben cumplir las tierras de barbecho para plantas melíferas, para su aplicación en la campaña de solicitudes de ayuda 2020.
Según indica las especies elegibles que computarán como exigibles para que el barbecho sea considerado como un barbecho para plantas melíferas, son las siguientes: Vicia sativa / Nombre común: veza; Vicia villosa / Nombre común: vezo velloso; Onobrychis hispanica / Nombre común: pimpirigallo; Onobrychis viciefolia/ Nombre común: esparceta; Ononis natrix / Nombre común: hierba melera, atrapa moscas; Melilotus officinalis / Nombre común: meliloto.
Otras especies admitidas
Conforme a lo estipulado en el Anexo VIII del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, además, se recogen otras especies como: Lupinus angustifolius/ Nombre común: altramuz azul o altramuz ; Calendula arvensis / Nombre común: caléndula silvestre; Chrysanthemum coronarium / Nombre común: ojo de buey; Chrysantemum segetum/ Nombre común: corona de rey; Chrysantemum macrotum / Nombre común: durieu; Coriandrum sativum / Nombre común: cilantro; Brassica napus / Nombre común: colza; Diplotaxis virgata /Nombre común: mostaza amarilla; Sinapis alba / Nombre común: mostaza blanca; Moricandia spp. / Nombre común: collejón
También se engloban la Eruca sativa / Nombre común: oruga roqueta, mostacilla; Silene vulgaris / Nombre común: colleja; Silene dioica / Nombre común: silene roja; Salvia pratensis / Nombre común: salvia de los prados; Salvia verbenaca / Nombre común: gallocresta, verbenaca; Nepeta tuberosa / Nombre común: nepeta, hierba gatera; Linum usitatissimum / Nombre común: lino; Linum perenne / Nombre común: lino azulado; Asphodelus spp. / Nombre común: gamón, gamonito; Sanguisorba minor / Nombre común: pimpinela menor, sanguinaria; Foeniculum vulgare/ Nombre común: hinojo
Asimismo, la lista de especies elegibles podrá ampliarse a decisión del organismo gestor, con otras especies melíferas adicionales para tener en cuenta sus condiciones particulares, que sean autóctonas o especies locales, siempre teniendo en cuenta una correcta selección en aras de fomentar aquellas especies propias del lugar, y que además de tener una eficacia polinizadora, pudieran ser adyuvantes en el control de malas hierbas y plagas, evitándose en todo caso, aquellas de difícil control, o que pudieran ser reservorios de agentes perjudiciales, y en particular las exóticas reconocidas como invasoras.
En cualquier caso, y a la luz de los estudios científicos que se están llevando a cabo por diferentes Organismos, sobre los posibles efectos perjudiciales para la salud humana de algunas sustancias, como los alcaloides de pirrolizidina (PAs), no podrán ser especies elegibles, cualquiera de los géneros: Borago spp., Echium spp., Heliotropum spp., y Senecio spp.
En una nota del propio Fega, este organismo ha explicado que queda permitida la presencia de otras especies de carácter herbáceo, distinta de las elegibles, cuando éstas últimas sean predominantes.