Otro trabajador se embolsó, al menos, 33.000 euros de más en 5 años al percibir un sueldo superior al de su categoría
Día 03/02/2012 - 10.02h
El Instituto Municipal de Empleo (Imdeec) abonó de 2006 a 2008 a ocho trabajadores 56.052 euros brutos —hay que descontar IRPF o Seguridad Social— en complementos que no se hallaban recogidos en su convenio colectivo. Pero también albergó irregularidades relacionadas con los salarios base, como el caso de un trabajador que durante cinco años seguidos cobró por una categoría superior a la suya embolsándose, al menos, 33.062 euros, siempre brutos, más que sus compañeros de categoría.
Éstas son algunas de las principales conclusiones de la auditoría hecha por Key Soluciones de Negocio sobre este organismo municipal entre 2006 y 2010 y de dos informes de la Intervención, basados en dicha auditoría, a los que ha tenido acceso ABC. A raíz de esta documentación, se ha aprobado una comisión de investigación sobre la gestión de IU y PSOE entre 2004 y 2011.
Esta documentación desvela una doble vía de cobros irregulares en el Instituto municipal. Por un lado, hubo abono de complementos que no estaban recogidos en el convenio colectivo; y, por otro, se detectaron casos de distintos ingresos entre trabajadores del Imdeec que estaban en una misma categoría.
En el primer campo, la auditoría de Key Soluciones de Negocio, entregada al Ayuntamiento en septiembre de 2011, observa que de 2006 a 2008 hubo ocho trabajadores que percibieron 56.052 euros brutos en pluses —específico y de destino— que no aparecían en el convenio colectivo. Una trabajadora llegó a embolsarse en uno de estos ejercicios 20.046 euros por un complemento específico.
Y la Intervención deja claro en su informe definitivo sobre el Imdeec, de diciembre de 2011, que ésa no es una fórmula adecuada para percibir ingresos en el sector público. Así, indica que se incluyen en «los anexos de personal del Imdeec conceptos retributivos por los pluses específico y de destino no recogidos en los convenios colectivos y se utiliza dicho anexo como base para la inclusión automática en nómina de los distintos complementos en el momento en que se aprueban los presupuestos». Pero, sigue este órgano de fiscalización del Consistorio, en las instituciones se debe obrar de otra forma: «El establecimiento de los conceptos retributivos a percibir por el personal al servicio de las Administraciones ha de estar establecido legalmente o ser aplicable en virtud de los convenios colectivos aprobados por la Administración correspondiente». Y, concluye, no se pueden determinar por acuerdos de otra naturaleza. Por ello, insta a los órganos de gobierno del Imdeec a «respetar el marco jurídico establecido al efecto».
Un responsable que no lo es
La documentación también arroja casos en los que en una misma categoría algún trabajador cobra notablemente más que el resto de sus teóricamente iguales. El más relevante es el de un empleado —uno de los tres expedientados y cuyo procedimiento ha sido archivado— que en los cinco años inspeccionados cobró por encima de su categoría real. Lo más paradójico es que percibió un sueldo, un complemento de puesto y un plus de productividad idénticos a los de otro trabajador de más escalafón.
¿La consecuencia? Este empleado ganó notablemente más que sus compañeros de categoría. En 2006 y 2010, no se pueden fijar diferencias, pues era el único trabajador del escalafón en el que se situaba. Pero, en otros años sí. En 2007, como personal con categoría B3, percibió 36.373 euros brutos por salario, complemento de puesto y plus de productividad. Otros seis empleados con idéntico escalafón se quedaron en 25.756. O sea, percibió 10.617 más. Y esa misma situación se repitió en 2008 —10.976 más— y 2009 —11.469 más—. En total, 33.062 euros por encima de sus compañeros de categoría. Y a eso hay que unir lo que percibió de más en 2006 y 2010, pero que no se puede precisar con el anexo de personal.
En su informe preliminar de octubre de 2011, la Intervención también alude al caso de este trabajador que percibe emolumentos «superiores a los del resto de personas de su categoría». Recuerda que este trabajador poseía plaza en el Ayuntamiento como auxiliar administrativo (B3 en convenio) antes de su adscripción al Imdeec. Sin embargo, en las nóminas aparece con el cargo de responsable de un servicio del Instituto. De hecho, sigue, en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de 2006 se le encuadra en la categoría A3/B1. Pero en la documentación que el Instituto Municipal entregó a Key Soluciones de Negocio «no existe constancia» de su nombramiento como responsable de ningún área «ni tampoco de incremento de categoría respecto a B3». O sea, no hay lugar a diferencias con sus compañeros.
Otra situación similar se da con otra empleada. En 2007, según la auditoría, ingresó 33.815 euros por sueldo, complemento de puesto y plus de productividad en su condición de trabajadora con contrato de categoría B2. Ese mismo ejercicio los otros seis trabajadores en este mismo escalafón percibieron por estos tres conceptos 29.190. O sea, la susodicha empleada se embolsó 4.625 euros de más. Según Key Soluciones de Negocio, «no consta en su expediente justificación para dicha diferencia». La Intervención también alude a que recibió una «cantidad superior» al resto de personal de su categoría.




