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El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a Telecinco a indemnizar a Isabel Pantoja y a su hija con 310.000 euros al considerar que las informaciones que emitieron varios programas de la cadena sobre las supuestas irregularidades en la adopción de la menor vulneraron el derecho a la intimidad de la cantante.
De esta manera, el TS confirma una sentencia dictada el 7 de enero de 2009 en la que el tribunal declaraba, además, que Telecinco debía, en los tres meses siguientes a la sentencia, publicar el fallo en el mismo programa y en otro de contenido similar. Los hechos objeto de enjuiciamiento se refieren a la demanda interpuesta por Pantoja, en su nombre y en el de su hija, contra quien había sido su escolta y contra Telecinco por las informaciones vertidas en enero de 2004 en los espacios de la cadena "Salsa Rosa" y "A tu lado", en los que hacían referencia a "supuestas irregularidades" en el proceso de adopción.
La denuncia interpuesta por Isabel Pantoja ante el juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas (Madrid) fue desestimada, mientras que dicha decisión fue revocada por la Audiencia Provincial en enero de 2009. Entonces la audiencia provincial consideró que las informaciones emitidas suponían un ataque ilegitimo en el honor y la intimidad personal de Pantoja y su hija.
Según el TS, la fuente de la información «no aportó datos objetivos»
También supone un descrédito para las personas afectadas la información emitida, al implicar la imputación de hechos delictivos, añade el TS. Por último, el alto tribunal considera que se produce una vulneración de su derecho a la intimidad por la revelación de detalles del proceso de adopción de la menor.