El ‘refrescado’ de aceites de oliva sí está permitido en la nueva Norma de Calidad
Cooperativas aclara que el Ministerio yerra en su comunicado, al señalar que esta práctica queda prohibida, ya que el BOE no recoge dicha prohibición
El pasado 31 de agosto el Gobierno, en el Consejo de Ministros, procedía a la aprobación de la nueva Norma de Calidad del aceite de oliva y del orujo de oliva, actualizando así el Ministerio de Agricultura un real decreto que estaba obsoleto, ya que la anterior normativa oleícola databa de 1983.
Para informar al sector de la aprobación de la nueva Norma de Calidad y de su contenido, el Ministerio lanzó una nota de prensa que ha sido reproducida por muchos medios de comunicación, pero que lejos de aclarar conceptos, ha venido a generar más dudas entre los distintos operadores del aceite de oliva.
Sobretodo, una vez que la normativa se ha trasladado a las páginas del Boletín Oficial del Estado (BOE), ya que la información de la Norma que recoge la nota de prensa del Ministerio de Agricultura y la que aparece en el BOE «no tienen nada que ver», pese a que están refiriéndose al mismo documento.
Así lo revela Cristóbal Gallego, presidente del Consejo Sectorial de Aceite de Oliva de Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía, y se refiere, en primer lugar, a la información publicada respecto al refrescado de los aceites.

Mezclas de aceites
En este sentido, mientras que la nota del Ministerio recoge, textualmente, que «se prohíbe en España la práctica conocida como ‘refrescado’, que consiste en mezclar aceites de oliva vírgenes de la campaña en curso con otros de campañas precedentes a fin de mejorar las características organolépticas del producto más antiguo», en el BOE «no hay ni rastro de dicha prohibición», subraya Cristóbal Gallego, que insiste en que «entendemos, por tanto, que «el refrescado de aceites de oliva sí está permitido en la nueva Norma de Calidad, al ser el Boletín Oficial del Estado un documento de rango muy superior».
Cooperativas Agro-Alimentarias achaca estas distintas versiones en la información de la nueva Norma de Calidad «a un error redaccional» del Departamento de Comunicación del Ministerio, y argumenta que «el refrescado sí está permitido y se pueden mezclar aceites de distinta campaña, siempre y cuando se utilicen aceites de la misma categoría», ya que la Norma publicada en el BOE lo que especifica, en el artículo 8 relativo a las prácticas prohibidas, es que «no se pueden mezclar aceites de distinta categoría», recalca Gallego.
Igualmente, el documento refleja que queda prohibido «el rellenado de recipientes o envases destinados al consumidor final» o que «las mezclas de aceites de oliva vírgenes previamente clasificados se clasifiquen con una categoría superior a la del aceite de menor categoría utilizado».
Esto último quiere decir, según explica el presidente del Consejo Sectorial de las cooperativas que «si tú tienes un aceite de oliva virgen extra (AOVE) de la pasada campaña que, con el tiempo se ha convertido en virgen, si lo refrescas con un AOVE de esta campaña, y el resultado es un aceite de oliva virgen extra, no puedes etiquetarlo como extra. Sería un aceite virgen, porque mandaría el de menor categoría. Pero el refrescado como tal sí se puede hacer», insiste Gallego.

Así finalmente lo ha confirmado también la Dirección General de la Industria Alimentaria del propio Ministerio de Agricultura, estamento al que cooperativas Agro-alimentarias ha elevado sus dudas al leer por un lado la comunicación de prensa, y por otra el BOE, ya que «la confusión en la información era tal que había mucho nerviosismo en el sector, sobre todo en aquellos operadores e intermediarios que todavía tienen aceite de oliva virgen extra».
Aliños o condimentos
La confusión creada en el sector tras la aprobación de la nueva Norma de Calidad no se atañe sólo al refrescado de los aceites, ya que, «el Ministerio vuelve a pecar de estar poco acertado en lo que se refiere a la información que da respecto a los aliños o condimentos con aceite de oliva», señala Cristóbal Gallego.
A este respecto, la nota de prensa recoge que, a partir de ahora, «queda prohibido que alimentos que llevan en su composición aceite de oliva puedan destacarlo en la denominación de venta (sí deberán hacerlo en la lista de ingredientes) con el fin de evitar engaños al consumidor» y lo explica con el siguiente ejemplo: «Los aliños o condimentos con base de aceite de oliva no podrán utilizar las menciones ‘aceite de oliva u orujo de oliva’ en su denominación comercial».
Se trata de una difusión «errónea», ya que en los aliños o condimentos que utilicen aceite de oliva «lo que no pueden usar es el término ‘virgen’ ni ‘virgen extra’ en la denominación del producto a la venta, pero sí se podrá seguir usando, por ejemplo, ‘atún condimentado a base de aceite de oliva’». No obstante, «queda prohibido usar ‘atún condimentado a base de aceite de oliva virgen extra’».
En este sentido, Cooperativas Agro-alimentarias de Andalucía, que aglutina a la gran mayoría de cooperativas productoras de aceite de oliva de España, resalta como muy positivo que «sólo los aceites de oliva podrán lucir las etiquetas de ‘virgen’ y ‘virgen extra’, evitando así confusiones con otro tipo de aceites o grasas vegetales».

Trazabilidad
La nueva Norma de Calidad recoge una serie de requisitos sobre trazabilidad, elaboración y envasado del producto final que permitirán situar al aceite de oliva español como el de mayor calidad a nivel mundial. En este sentido, la federación de cooperativas ha aplaudido que sea España la que inicie y lidere la normativa sobre el control de la calidad del aceite de oliva.
Tras la aprobación del decreto, la entidad ha indicado que «sólo en nuestro país, líder en producción y exportación de aceite de oliva de todo el mundo, se podían empezar a poner en marcha este tipo de medidas, que lo que persiguen es mejorar la imagen del zumo de aceituna español en todo el mundo y garantizar siempre su calidad». Así, confía en que sea el mayor país productor «el que marque tendencia» y que poco a poco «normativas similares se estandaricen en el resto del mundo».
De esta forma, el documento recoge que el Ministerio de Agricultura pondrá a disposición de operadores y autoridades de control un sistema informático para notificar, obligatoriamente y de forma previa, cualquier movimiento que afecte al aceite de oliva, un requisito que «no existe hasta ahora en ningún país productor de todo el mundo» y que es una reivindicación del sector desde hace años. La idea que buscamos es que «antes de que la cisterna salga de la almazara o del puerto, esa información que atañe al producto tiene que cargarse en una plataforma a la que tengan acceso las autoridades».
Este sistema entraría en vigor el próximo 1 de octubre, coincidiendo con el inicio de la nueva campaña oleícola. No obstante, «a día de hoy no conocemos absolutamente nada respecto al funcionamiento del mismo, lo que también nos genera dudas respecto a su puesta en funcionamiento en poco más de 15 días», señala Cristóbal Gallego.

A este respecto, el Ministerio ha reiterado a la federación de cooperativas que su intención es que este sistema informático «esté en funcionamiento al inicio de la campaña», ya que «su desarrollo está muy avanzado», por lo que «en breve se convocará a todas las organizaciones representativas del sector del aceite de oliva para mostrar su funcionamiento y manejo».
Separación de instalaciones en la industria oleícola
La nueva Norma de Calidad ha levantado controversias desde el primer borrador. Así, entre los aspectos más polémicos destacan la inicial prohibición de comercializar virgen extra en recipientes de plástico, a excepción de los envases monodosis, que fue retirada en la tercera versión, o la separación entre instalaciones.
A este respecto, la norma recogía que las almazaras, las plantas de refinación y las extractoras de aceite de orujo debían estar debidamente aisladas o separadas de cualquier otra industria. Finalmente, la normativa recoge en su artículo 5 que serán las almazaras, las refinerías y las extractoras sólo de nueva creación las que deberán estar ubicadas de manera independiente.